31/10/2023
La resolución fue tomada por una jueza de Monteros tras la promulgación de la norma
A pocos días de la promulgación de la Ley Olimpia, que incorpora la violencia digital a la ley 26.485 sobre Protección Integral a las Mujeres, abordando los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y la difusión sin consentimiento de cualquier contenido íntimo, una jueza de Tucumán utilizó esa herramienta para ordenar que se eliminen una serie de fotografías de una menor de las redes sociales, y que las partes involucradas se abstengan de publicar nuevas imágenes. El caso se desarrolló en torno a una pareja, ya separada, y su hija de tres años, de la que aparecieron fotos en las redes que no habían sido autorizadas.
La decisión fue tomada por el juzgado de Familia y Sucesiones del Centro Judicial Monteros, a cargo de Mariana Rey Galindo. Según el informe, la llamada ley Olimpia, denominada así por la activista Olimpia Coral Melo que fue víctima de la difusión de imágenes íntimas y se convirtió en un ícono de la lucha contra la violencia digital en América Latina al impulsar leyes que condenen este delito, protege los derechos y bienes digitales, así como el acceso, permanencia y desenvolvimiento en el ámbito digital. En particular, aborda los delitos que violen la intimidad sexual de las personas a través de medios digitales y la difusión sin consentimiento de cualquier contenido privado, discursos de odio, contenidos sexistas, acoso y espionaje, entre otros.