El Ministerio de Salud recomienda la suspensión para todo el territorio de la provincia, hasta el día 11 de octubre
COE: Se suspenden hasta el 11 de octubre celebraciones de culto,natatorios y practicas deportivas
El Comité Operativo de Emergencia determinó mediante un decreto la suspensión , de estas practicas para todo el territorio de la provincia
Celebraciones de culto
Realización de cualquier tipo de ferias ,
Celebraciones de velatorios y visitas a cementerios
Natatorios, públicos y privados
Práctica de deportes de contacto fisico en cualquier establecimiento deportivo (clubes,
complejos y predios polideportivos), públicos y privados
Realización de salidas recreativas en parques, plazas y cualquier otro lugar de concurrencia
El Decreto Acuerdo de Necesidad y Urgencla citado en primer término establece el régimen
aplicable a las modalidades de "distanciamiento social, preventivo y obligatorio" y "aislamiento,social, preventivo y obligatorio" para para todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos , hasta el 11 de octubre
el Ministerio de Salud Pública recomienda la suspensión de lo dispuesto en el artículo 26° del
DNU N°754/20 para todo el territorio de la provincia, hasta tanto los parámetros de circulación
epidemiológica tornen aconsejable su reanudación. Y extender, hasta el 11 de octubre de 2020, la
vigencia de las medidas de contención de propagación del virus COVID-19 dictadas por este comité
relativas a la suspensión de: realización ferias de todo tipo; celebraciones de culto; actividades de
natatorios, públicos y privados; práctica de deportes de contacto físico en cualquier
establecimiento deportivo (clubes, complejos y predios polideportivos), públicos y privados;
Turismo interno; Reuniones Familiares y Sociales, en lugares públicos y privados, cualquiera sea el
número de personas; realización de velatorios y visitas a cementerios.
El Comité Operativo de Emergencia determinó mediante un decreto 754/20 del Poder Ejecutivo Nacional, la suspensión de estas practicas para todo el territorio de la provincia
Celebraciones de culto
Realización de cualquier tipo de ferias
Celebraciones de velatorios y visitas a cementerios
Natatorios, públicos y privados
Práctica de deportes de contacto fisico en cualquier establecimiento deportivo (clubes,complejos y predios polideportivos), públicos y privados
Realización de salidas recreativas en parques, plazas y cualquier otro lugar de concurrencia
El Ministerio de Salud Pública recomienda la suspensión de lo dispuesto en el artículo 26° del DNU N°754/20 para todo el territorio de la provincia, hasta tanto los parámetros de circulación epidemiológica tornen aconsejable su reanudación.
Y extender, hasta el 11 de octubre de 2020, la vigencia de las medidas de contención de propagación del virus COVID-19 dictadas por este comité
Se prohíbe expresamente, los eventos sociales o familiares en espacios cerrados y en los domicilios de las personas, en todos los casos y cualquiera sea el número de concurrentes, salvo el grupo conviviente"; y el "turismo"