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Tucumán

31/07/2020

Con buenos resultados, venció el 1° tramo de la moratoria

El acogimiento es solo a través de la página web www.rentastucuman.gob.ar y mediante el uso de la clave fiscal otorgada por la AFIP

La Dirección General de Rentas de Tucumán (DGR) lanzó a principio de junio una moratoria que se extenderá hasta el próximo 31 de noviembre y que fue diseñada en tres en tramos, con distintos tipos de beneficios en cada uno de ellos. Precisamente hoy, 31 de julio, vence una de las posiciones establecidas.

La prórroga, que hasta el momento ha obtenido buenos resultados, contempla la posibilidad de regularizar todas las deudas vencidas y exigibles al 31 de mayo, explicó el subdirector del organismo, Juan Manuel Fernández y aclaró: “es importante recordar que contempla la posibilidad de regularizar, mediante planes de pago de contado o mediante pagos parciales, todas las deudas vencidas y exigibles hasta el 31 de mayo e incluye todos los impuestos de los que la DGR es autoridad de aplicación”.

El acogimiento es solo a través de la página web www.rentastucuman.gob.ar y mediante el uso de la clave fiscal otorgada por la AFIP.

La moratoria está estructurada de tal manera que los beneficios varían según los meses en que el contribuyente solicita el acogimiento. Por ejemplo, detalla el subdirector, “hoy está venciendo lo que sería el primer tramo, que ha incluido los meses de junio y julio con descuentos importantes, después con un poco menos de descuentos va a ser el segundo tramo agosto-septiembre, y el último será octubre-noviembre”.

En este contexto, desde Rentas se han implementado distintas herramientas para que los contribuyentes no tengan la obligación de acercarse a casa central y puedan desarrollar todos los trámites por la web.

Felipe Carrizo, del departamento técnico tributario, contó que a partir del 1 de agosto se realizará solo por la página del organismo todos los que son inscripciones en el impuesto de Ingresos Brutos y para la Salud Pública. “Como requisito fundamental, el contribuyente tiene que constituir su domicilio fiscal electrónico, porque es allí donde se le enviaran todas las notificaciones”.

“Este plan de facilidades de pagos no es de respuesta inmediata. La DGR enviará a su domicilio fiscal electrónico la respuesta del plan de facilidades de pago solicitado y una vez que tenga en su poder esto, el contribuyente conformará el pago”, destacó Carrizo