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Política

06/04/2026

Reforma laboral: reponen el artículo que fija el cálculo de intereses de indemnizaciones

El juez Raúl Ojeda restableció un artículo clave de la ley que fija topes en la actualización de deudas laborales y busca dar previsibilidad a los costos judiciales

El juez del juzgado del Trabajo N°63, Raúl Ojeda, repuso el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral (27.802) que establece que los intereses de indemnizaciones se calcularán con la aplicación de la tasa pasiva del Banco Centrarl (BCRA) como base, pero con un techo máximo equivalente al Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) + el 3% anual, con el objetivo de actualizar los créditos laborales judicializados.

Según la reforma, la combinación CER + 3% funcionará como límite legal en los procesos laborales, con el objetivo de evitar la capitalización excesiva de intereses que, bajo sistemas anteriores, derivaba en deudas consideradas “impagables” por parte de empleadores.

Esta medida se incluyó para dar previsibilidad a las empresas sobre el costo final de los juicios laborales y eliminar las deudas, debido a que muchos empresarios señalaron que se vuelvan “impagables” por las tasas de interés judicial previas.

En su resolución, Ojeda explicó que decidió revertir una medida cautelar previa: “Un nuevo análisis de la cuestión me lleva a revocar por contrario imperio la medida adoptada en forma cautelar y reiterar que el análisis de fondo se difiere para el momento de la sentencia definitiva”.

El magistrado también señaló que un informe de la Red Académica de Jueces y Juezas del Trabajo advirtió que la aplicación de este esquema podría resultar perjudicial para los trabajadores, ya que en algunas provincias existen mecanismos de actualización con menor impacto.

La reforma también habilita que, en ciertas sentencias judiciales, las indemnizaciones puedan pagarse en hasta 12 cuotas para PyMEs o personas físicas, y hasta 6 cuotas para grandes firmas o multinacionales.

Como parte de la implementación, el Banco Central de la República Argentina habilitará una calculadora oficial que permitirá aplicar los nuevos parámetros en los juicios laborales.

Días atrás, Ojeda había suspendido 82 artículos de esta nueva legislación, acción que fue celebrada por la Confederación General del Trabajo (CGT), luego de la sanción de la Ley de Modernización Laboral, el 27 de febrero pasado, impulsada por el Gobierno del presidente Javier Milei.