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29/11/2024

La Conferencia Episcopal Argentina rechazó la disolución del Fondo de Asistencia a las Víctimas de Trata

Emitió un comunicado en el que cuestiona la medida oficial que se efectivizó el lunes por decreto. “No insumía dinero del erario público, sino que se trataba de activos provenientes del delito que debía administrar el Estado”, sostienen

El equipo “No a la Trata” de la Comisión Nacional de Justicia y Paz que pertenece a la Conferencia Episcopal Argentina manifestó mediante un comunicado su “más profunda preocupación” por la disolución que dispuso el gobierno de Javier Milei del Fondo de Asistencia Directa a las Víctimas de Trata de Personas que había sido creado por la Ley 27.508 de 2019.

Según dicha Comisión “el Fondo de Asistencia es un instrumento que tenía como objetivo la administración de los bienes decomisados en causas judiciales referidas a los delitos de trata y explotación de personas, y de lavado de activos provenientes de tales ilícitos, con el fin de que estos sean destinados a reparar los daños causados a las víctimas. Es decir, que no insumía dinero del erario público, sino que se trataba de activos provenientes del delito que debía administrar el Estado”.

Detallan que “en octubre de 2021 el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación junto a BICE Fideicomisos S.A. puso en funcionamiento el Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata de Personas tras la firma del contrato de fideicomiso de administración”.

En el Boletín Oficial del 25 de noviembre último el decreto gubernamental señaló que “resulta oportuna la disolución de los citados fondos fiduciarios en el contexto económico actual, con el fin de propender a la mayor transparencia y eficiencia en la gestión de los recursos públicos”. Ante ese argumento, desde la Conferencia Episcopal, expresaron: “No comprendemos la mención del contexto económico actual, ya que como ha sido mencionando, los fondos no salen de erario público, por otro lado, esta medida en ausencia de mecanismos supletorios del Fondo de Asistencia Directa sólo puede tener como consecuencia la mayor vulneración de las personas que padecieron la esclavitud en carne propia y fueron rescatadas de las garras del delito”.