24/02/2026
Julián Alberto Campos recibió la pena de dos años de prisión de ejecución condicional por el delito de lesiones graves cometido en el exceso de la legítima defensa
En tanto, Juan Antonio Díaz fue absuelto por el beneficio de la duda.
Este martes finalizó el juicio contra dos empleados policiales acusados por un hecho ocurrido el 13 de noviembre de 2020 en perjuicio de un joven de 19 años.
Pese al pedido de prisión efectiva por parte de la Unidad Fiscal Especializada en Delitos Complejos, a cargo de Mariana Rivadeneira, el juez Augusto Paz Almonacid resolvió condenar a Julián Alberto Campos por el delito de lesiones graves cometido en el exceso de la legítima defensa a la pena de dos años de ejecución condicional.
En tanto, no se pudo por tener acreditada la coautoría de Juan Antonio Díaz y se lo absolvió por el beneficio de la duda.
La teoría del caso
El 13 de noviembre de 2020, a las 18:30 horas aproximadamente, efectivos policiales de la División GEAM se encontraban realizando un procedimiento policial en persecución de sujetos de identidad desconocida que circulaban en una motocicleta marca Honda, modelo Storm, de color gris, sin chapa patente.
Estos últimos al dirigirse a la altura de pasaje Einstein al 1900 de esta ciudad, abandonaron el rodado dándose a la fuga del lugar.
En ese momento llegó en apoyo el móvil TUC-2019 de la División Patrulleros a cargo de los empleados policiales Julián Alberto Campos y Juan Antonio Díaz resultando, a consecuencia del procedimiento, aprehendido Carlos Durán.
En tales circunstancias y mientras era trasladado en la caja del móvil policial, Campos con una escopeta Maverick número de serie 70594 que portaba, realizó disparos impactando al sobrino del aprehendido (de 19 años) quien se encontraba en la vereda, hiriéndolo con los perdigones en su ojo derecho y en el pecho, lo que produjo la pérdida de dicho ojo y la debilitación del sentido de la visión.