21/10/2026
El Gobierno español expresó su respeto por la decisión y enfatizó que el fallo no aborda el tema de fondo, recordando que aún hay vías judiciales por explorar
El Tribunal Constitucional español optó por no aceptar por el momento el recurso presentado por el Defensor del Pueblo acerca de la suspensión temporal del derecho al voto para quienes se nacionalizaron a través de la llamada "ley de nietos".
Esta resolución se tomó debido a la urgencia del proceso: el TC, por mayoría (10 en contra y 2 a favor), decidió no admitir el recurso, argumentando que la vía jurisdiccional ordinaria no se ha agotado. La sala del Tribunal Supremo había establecido un plazo para que los afectados se presentaran y aportaran sus alegaciones en relación a la suspensión cautelar; dicho plazo finaliza este jueves, según informaron fuentes jurídicas a EFE y publicaron medios como DW.
El Gobierno mostró respeto por la decisión y destacó que el fallo no aborda el fondo del asunto, recordando que la vía judicial todavía no ha sido agotada.
La mayoría de los jueces del Constitucional considera que no es el momento adecuado para intervenir, dado que hay un procedimiento en curso ante el Supremo. El Defensor del Pueblo, que está bajo la dirección de Ángel Gabilondo, había solicitado medidas cautelares para que los afectados tuvieran el derecho a votar en las elecciones generales programadas para el 29 de noviembre.
A principios de septiembre, el Tribunal Supremo suspendió temporalmente las altas incorporadas al Censo Electoral de Residentes Ausentes (españoles que votan desde el extranjero) hasta que los consulados certifiquen que los nacionalizados por esa vía cumplen el requisito de ser descendientes de españoles que fueron exiliados por cuestiones políticas y otras razones.
La legislación conocida como “ley de nietos” es en realidad una cláusula de la Ley de Memoria Democrática de 2022, que facilita la obtención de la nacionalidad española para los hijos y nietos de españoles que fueron exiliados por motivos políticos, ideológicos, de creencias o por su orientación sexual.
Las solicitudes para esta ruta debían ser presentadas hasta hace un año; sin embargo, para su procesamiento, el Gobierno aprobó una instrucción que asume la condición de exiliado para todos aquellos que abandonaron España entre 1936, con el inicio de la Guerra Civil, y 1955, en pleno régimen del general Francisco Franco. Por ello, no era imprescindible presentar documentación que pruebe el exilio para acoger la "ley de nietos".
La decisión, presentada como un paso hacia el reconocimiento y reparación para facilitar el tratamiento de solicitudes que no fueron aceptadas bajo la ley anterior de 2007, fue recibida con escepticismo debido al posible aprovechamiento político que podría derivarse de esta medida.
El movimiento político Iustitia Europa y el partido de extrema derecha Vox impugnaron esta instrucción, y el Tribunal Supremo ha suspendido de forma cautelar las inscripciones en el censo electoral de los afectados, unos 163. 000 casos, que podrían influir en el resultado de las elecciones.