27/03/2026
La medida apunta a mejorar la eficiencia y reducir emisiones sin alterar la composición base
La Secretaría de Energía actualizó las especificaciones técnicas de los combustibles y autorizó un mayor contenido de oxígeno en las naftas. La medida apunta a mejorar la eficiencia y reducir emisiones sin alterar la composición base.
El Ministerio de Economía, a través de la Secretaría de Energía, oficializó la Resolución 70/2026, mediante la cual introduce cambios en las especificaciones técnicas de los combustibles líquidos, en particular de las naftas.
La medida, firmada por la secretaria María Carmen Tettamanti, sustituye el Anexo II de la Resolución 1283/06 y redefine parámetros clave de calidad en línea con la evolución del régimen de biocombustibles.
El punto central de la normativa es la adecuación del límite máximo de oxígeno permitido en las naftas, que se eleva hasta el 5,6 por ciento en peso. Este ajuste técnico responde directamente al incremento del contenido de bioetanol en las mezclas, que actualmente puede alcanzar hasta el 15 por ciento en volumen, de acuerdo con la legislación vigente.
La decisión se sustenta en el marco normativo establecido por las leyes 17319 de hidrocarburos y 27640 de biocombustibles, que otorgan a la Secretaría de Energía la potestad de fijar y actualizar las condiciones de calidad de los combustibles. En ese sentido, la resolución busca armonizar las especificaciones técnicas con los niveles actuales de corte obligatorio, evitando inconsistencias regulatorias.
Según los fundamentos de la medida, el contenido de oxígeno es un parámetro crítico en la formulación de las naftas, dado que está directamente vinculado con la proporción de bioetanol incorporado. A mayor presencia de este biocombustible, mayor es el nivel de oxígeno en la mezcla, lo que obliga a revisar los límites establecidos para garantizar la compatibilidad técnica y operativa.
Desde el Gobierno destacan que el incremento del oxígeno tiene efectos positivos en el desempeño del combustible. Entre ellos, se menciona una mejora en la eficiencia de la combustión, una reducción de las emisiones de monóxido de carbono y un aumento del número de octano efectivo, factores que contribuyen tanto al rendimiento de los motores como al impacto ambiental.
El cambio normativo se apoya en un informe técnico elaborado por la Subsecretaría de Hidrocarburos, que analizó la relación entre el bioetanol y el contenido total de oxígeno. El estudio relevó antecedentes internacionales y evaluó las barreras técnicas asociadas a mezclas superiores al 10 por ciento, concluyendo que el nuevo umbral es viable siempre que el aumento del oxígeno provenga exclusivamente del bioetanol y no de otros aditivos.
En ese sentido, la medida ratifica el esquema vigente y no incorpora nuevos compuestos oxigenados, lo que permite mantener la composición de las naftas sin generar alteraciones en el parque automotor ni en la infraestructura.
El nuevo anexo técnico también ratifica otros parámetros de calidad relevantes, como los límites de azufre, el contenido de aromáticos y benceno, y los valores de octanaje (RON y MON), diferenciados según el grado de nafta. Asimismo, se mantiene la prohibición de utilizar aditivos metálicos como elevadores de octano, una restricción orientada a evitar impactos negativos en los sistemas de combustión y en el ambiente.
En paralelo, la normativa reafirma los estándares aplicables al gasoil, incluyendo el límite de contenido de biodiesel de hasta el 20 por ciento, junto con exigencias vinculadas a densidad, cetano, lubricidad y estabilidad a la oxidación. Estos parámetros buscan asegurar la calidad del combustible en toda la cadena de comercialización, desde la refinación hasta el expendio.