30/01/2026
Se trata de una prórroga que se realiza desde hace años para contener el impacto en los precios de venta al público
Mediante el Decreto 74/2026, el Ejecutivo decidió postergar parcialmente los incrementos pendientes del impuesto a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono.
La medida busca moderar el impacto en los precios de naftas y gasoil, sostener la actividad económica y mantener un sendero fiscal gradual en un contexto de alta sensibilidad inflacionaria.
El Gobierno nacional oficializó una nueva modificación en el esquema de actualización de los impuestos a los combustibles líquidos y al dióxido de carbono. A través del Decreto 74/2026, publicado en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo volvió a diferir parcialmente los incrementos remanentes derivados de las actualizaciones acumuladas durante 2024 y los primeros tres trimestres de 2025, extendiendo el cronograma de aplicación hasta marzo de 2026.
La decisión se inscribe en una secuencia de postergaciones que comenzaron en 2018, cuando se estableció un mecanismo automático de actualización trimestral de los montos fijos del tributo en función del Índice de Precios al Consumidor. Si bien la normativa prevé ajustes regulares en enero, abril, julio y octubre de cada año, la aplicación efectiva de esos incrementos ha sido objeto de sucesivos diferimientos por razones macroeconómicas y políticas.
En los considerandos del decreto, el Ejecutivo reconoce que los impuestos sobre los combustibles líquidos y al dióxido de carbono están definidos como montos fijos por unidad de medida y que, desde enero de 2018, deberían reflejar la evolución del IPC informado por el INDEC. Sin embargo, también admite que la acumulación de actualizaciones no aplicadas generó un “remanente” cuya implementación plena tendría un impacto directo sobre los precios finales de las naftas y el gasoil.
El Decreto 617/2025 ya había dispuesto que parte de esos incrementos se aplicaran recién a partir del 1° de febrero de 2026. Ahora, la nueva norma introduce un ajuste adicional en el calendario: mantiene la entrada en vigencia formal desde febrero, pero traslada al 1° de marzo de 2026 el efecto de algunos tramos del aumento, prolongando así el esquema de gradualismo.
En concreto, el texto incorpora un nuevo inciso que fija los montos de incremento impositivo que regirán para los hechos imponibles perfeccionados entre el 1° y el 28 de febrero de 2026. Para las naftas sin plomo —tanto de hasta 92 RON como de mayor octanaje— y la nafta virgen, el impuesto sobre los combustibles líquidos se incrementará en $16,773 por unidad, mientras que el impuesto al dióxido de carbono sumará $1,027. En el caso del gasoil, el aumento será de $14,372 en el impuesto general, con un adicional diferencial de $7,782 para las zonas alcanzadas por el tratamiento especial patagónico, más $1,638 correspondientes al tributo ambiental.
Desde el Gobierno justifican la medida en la necesidad de “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”. En la práctica, el argumento apunta a evitar un traslado inmediato y pleno de los impuestos al surtidor, en un contexto donde los precios de los combustibles siguen siendo una referencia clave para la inflación, los costos del transporte y la competitividad de amplios sectores productivos.