Seguinos en las redes:

Jueves 29/01/2026
X
RADIO EN VIVO
Economía

24/12/2025

24 y 31 de diciembre: cómo se cobran si te toca trabajar en la previa de Navidad y Año Nuevo

Ni el 24 ni el 31 de diciembre son feriados en Argentina, ni están contemplados como días no laborables dentro del calendario oficial

Según la normativa vigente, ambas fechas son consideradas jornadas normales, por lo que rigen las condiciones habituales de trabajo y remuneración.

Esto significa que quienes presten servicios durante Nochebuena o en la víspera de Año Nuevo deben cobrar su salario regular, sin adicionales. La ley no establece ningún tratamiento especial, salvo que el empleador decida otorgar un plus por políticas internas, algo que no es obligatorio.

En muchos rubros, especialmente comercio, gastronomía y supermercados, se suele trabajar hasta el mediodía por decisión de la empresa o acuerdos sectoriales, pero esto no modifica la paga.

Por otro lado, a través del Decreto 883/2025, el presidente Javier Milei oficializó el asueto administrativo para los días 24 y 31 de diciembre. La medida sólo alcanza al personal de la Administración Pública Nacional.

El objetivo es que los empleados puedan disponer de tiempo suficiente para organizar las celebraciones familiares y los traslados necesarios hacia distintos destinos durante las fiestas.

25 de diciembre, feriado: así deben pagarte si trabajas en Navidad

A diferencia de las vísperas, el 25 de diciembre sí es un feriado nacional inamovible en todo el país. Según la Ley de Contrato de Trabajo, las personas que presten servicios durante esta fecha tienen derecho a cobrar el doble de su remuneración habitual.

Esto implica que el empleador debe abonar el salario correspondiente a la jornada normal, más un adicional equivalente al 100%.

En la práctica, esto marca una diferencia con respecto al 24 y al 31 de diciembre. Mientras esos días se pagan sin recargo, trabajar durante Navidad supone una compensación mayor, independientemente del rubro o la actividad.

Además, no puede ser reemplazado por otro beneficio, salvo que exista un acuerdo más favorable para el empleado.