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Economía

19/04/2021

Multaron a dos grandes empresas por $2 millones por infracciones en el Hot Sale

La Secretaría de Comercio Interior informó que incluyeron productos con precios idénticos a los que tenían previamente.

Durante la jornada de ayer domingo, la Secretaría de Comercio Interior informó que sancionó a las empresas Mercado Libre y Suavestar, por $2 millones cada una, luego de que se comprobara que incluyeron en las ofertas del Hot Sale productos a precios idénticos a los existentes previamente. Esto fue determinado mediante monitoreos realizados en los días previos al evento virtual organizado por la Cámara Argentina de Comercio Electrónico (CACE).

Además, otra docena de empresas fueron sancionadas por montos de entre 1 y 1,5 millones de pesos por entender que no cumplieron los acuerdos homologados en las audiencias de conciliación con consumidores.

Los detalles de las infracciones detectadas, fueron brindados a través de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores (SSDAC), desde donde se detectaron infracciones en ofertas promocionadas como exclusivas para ventas online durante el Hot Sale, con lo cual se corroboró que, en determinados productos, no hubo ninguna condición única o novedosa en el marco de la campaña comercial.

El Ministerio de Desarrollo Productivo informó además, que si bien en el sitio hotsale.com.ar, de la CACE se anunciaba que las ofertas de esos días de julio contenían descuentos exclusivos, ambas empresas publicaron productos de la categoría ‘almohadas’, con los mismos precios y descuentos que durante los días anteriores.

"Con estas prácticas abusivas, se considera que Mercado Libre y Suavestar indujeron a las y los consumidores a un error, engaño o confusión sobre los precios o condiciones promocionales", afirmó la Secretaría.

También se destacó que "estas acciones lesionan los derechos de los consumidores a obtener, por parte de los proveedores, información cierta, clara y detallada sobre las condiciones de comercialización de los productos publicados, tal como lo establece el artículo 4° de la Ley 24.240".