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22/03/2022

ANMAT prohibió una serie de suplementos dietarios

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió el uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional de siete suplementos dietarios comercializados a través del sitio web Noopept Argentina por considerarlos “peligrosos para la salud”

La medida fue comunicada este martes en el Boletín Oficial por la disposición 2105/2022, tras una denuncia de un particular respecto de los productos ofrecidos online. En total, son siete los artículos prohibidos: Noopept – GVS -111 polvo; F-Phenibut; PURENOOTROPICS Noopept cápsulas; PURENOOTROPICS Noopept polvo; NOOPEPT sublingual, PURE NOOTROPICS; B-12 sublingual PURENOOTROPICS; y PURENOOTROPICS BACOGNIZE.

La Anmat lo dispuso a través de su Disposición 2105/2022 publicada este marres en el Boletín Oficial. Allí se detalla que el Departamento de Control de Mercado inició la investigación a partir de una denuncia sobre los productos que estaban siendo vendidos través de ese sitio web.

Según indica la web en la que se comercializan, se trata de artículos naturales con acciones terapéuticas conocidos como nootrópicos. Y que supuestamente ayudan a “la focalización, concentración y memoria”; “reparación de las células dañadas y los neuroreceptores”; “ayuda el mejoramiento en pacientes con Alzheimer”; “reparación después de una lesión cerebral, isquemia y daño prenatal”, entre otros. Aseguran que son de “fácil ingesta”, representados a través de cápsulas, polvos y gotas. También ofrecían un “suplemento cognitivo inteligente”.

Sin embargo, la Anmat advirtió que estos productos "no pueden ser encuadrados como suplementos dietarios y en caso de pretender obtener su registro en la República Argentina deberían ser evaluados dentro de la categoría de 'medicamentos'".

Además, señaló que "no existe registro de inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales de la ANMAT de productos con los nombres comerciales “Noopept”, “F-Phenibut”, “Newmind”; ni “Pure nootropics” al día de la fecha".

Tras analizar el caso, la Dirección de Fiscalización y Control determinó que estos artículos no pueden ser catalogados bajo ningún concepto como suplementos dietarios por su composición, presentación e indicación.

Asimismo, se destacó que “no existen antecedentes de registro de los productos, ni de la firma y que no se ha podido constatar que han ingresado a través del servicio de comercio exterior”.