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10/06/2021

Acusado de “sextorsión” en La Rioja fue condenado a 5 años de prisión

El tatuador Patricio Pioli fue condenado este jueves en La Rioja a cinco años de prisión por el delito de "coacción y lesiones leves calificadas" en lo que fue una sentencia emblemática ya que el Tribunal tuvo en cuenta la difusión de imágenes íntimas que hizo de su expareja a pesar de que la "sextorsión" no está tipificada como tal en el Código Penal

La abogada Mariana Barbitta, presidenta de la Asociación de Mujeres Penalistas de la Argentina (AMPA), le explicó "a diferencia del grooming, la sextorsión no está tipificada en el Código Penal, como si lo está en el Código Penal español, por eso la condena es por coacción".

Según informó el Poder Judicial de La Rioja, para los jueces quedó acreditada "que todas estas situaciones de violencia y hostigamiento hacia la víctima, provocaron en ella un daño psicológico, un daño o quiebre en su salud mental caracterizado entre otras por sensación de desamparo, desvalimiento y sensación de encontrarse en situación de peligro real, perdiendo la confianza y seguridad en sí misma".

Los jueces resolvieron que el juez que tendrá a su cargo la ejecución de la pena como el Patronato de Liberados deberán "informar a la víctima todas las situaciones que se susciten en el proceso de ejecución atinentes a la obtención de beneficios de salidas transitorias, semi libertad, libertad condicional y libertad definitiva del condenado, imponiendo en su caso medidas cautelares de restricción geográfica para tutelar judicialmente la persona de la víctima".

Pioli fue condenado entre otros delitos por haber ejercido violencia de género contra Paula Sánchez Frega, y por filtrar fotografías y videos íntimos tomados por este cuando tenía una relación con ella. El condenado deberá además afrontar el pago de las costas del juicio.