10/06/2021
"Hubo un desinterés manifiesto del progenitor a quien se lo consultó en la cárcel", sobre el planteó de la madre del pequeño
El fallo fue del juez Civil, Comercial y de Familia de Villa María, Sebastián Monjo, al acceder al pedido de la madre que, entre los argumentos, había considerado que continuar llevando el apellido del progenitor le causaría a su hijo "un agravio en su futuro inmediato, afectando su desenvolvimiento en el ámbito social y educativo".
El juez Monjo, en declaraciones a medios locales, manifestó que la resolución fue dictada en abril y que "por el índole de los delitos y por el caso resonante en que se vio envuelto el femicida, se dio lugar al pedido de la madre, quien se hace cargo de la crianza del niño en soledad", y que además "hubo un desinterés manifiesto del progenitor a quien se lo consultó en la cárcel", sobre el planteó de la madre del pequeño.
El magistrado también respaldó su decisión en que el nuevo Código Civil y Comercial "rompe con la tradición de que el apellido paterno es el único que vale", y que además se tomó en cuenta el "bienestar superior del menor" establecido por la Convención de los Derechos del Niño y de la Constitución Nacional.