22/06/2026
La Anmat advirtió que se trata de productos ilegítimos de los que se desconocen sus condiciones de elaboración y son potencialmente perjudiciales para la salud
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), dispuso la prohibición inmediata en todo el territorio nacional de la comercialización, uso, distribución y publicidad de todos los productos cosméticos de la marca “TAN ORGÁNICO”, utilizados como autobronceantes, que carecen de inscripción sanitaria
La decisión, publicada hoy en el Boletín Oficial, a través de la Resolución 3754/2026, fue adoptada tras detectarse la oferta y venta electrónica de estos artículos sin los registros obligatorios, lo que impide garantizar su seguridad, eficacia y el cumplimiento de la normativa vigente.
La medida afecta a siete productos: crema corporal autobronceante orgánica, crema humectante prolongadora del color, bruma facial autobronceante, tanning drops, mousse autobronceante, gel exfoliante corporal y crema autobronceante facial, todos identificados bajo la marca “Tan Orgánico” y sin datos de inscripción sanitaria en su rotulado. La disposición alcanza a todas las presentaciones, lotes, vencimientos y volúmenes de estos cosméticos, que deberán ser retirados de canales presenciales y en línea hasta tanto regularicen su situación ante la autoridad regulatoria.
La intervención del organismo se inició a partir de una notificación proveniente de la provincia de Córdoba, remitida al Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal de la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud (DVPS). El reporte alertaba sobre la circulación de productos de la marca “TAN ORGÁNICO” sin inscripción sanitaria, situación que motivó la apertura de actuaciones administrativas
El Departamento de Domisanitarios, Cosméticos y Productos de Higiene Personal confirmó la oferta de estos artículos en plataformas electrónicas mediante un relevamiento propio. Tras consultar la base de datos de cosméticos inscriptos, se constató que ninguno de los productos mencionados figuraba en el registro oficial, lo que constituye una infracción a la normativa vigente en materia de control sanitario de cosméticos.