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13/05/2024

Los encargados de los Registros del Automotor resisten los cambios y presentaron una ola de demandas en todo el país

Reclaman que se deje sin efecto la decisión del Gobierno de suspender los aumentos de sus ingresos. Hay amparos en la ciudad de Buenos Aires, en Córdoba, y en varias provincias del Norte

Los sucesivos anuncios del Gobierno sobre el funcionamiento de los Registros del Automotor rompieron los puentes de diálogo y derivaron en una batalla judicial. En los últimos días se presentaron decenas de amparos en todo el país. Las presentaciones buscan modificar la decisión oficial de frenar los aumentos que se habían otorgado a mediados de abril. Según fuentes del sector, ya hubo amparos en la ciudad de Buenos Aires, en La Plata, en Córdoba, y en varias provincias del Norte.

La ola de demandas apunta a una resolución puntual del ministro de Justicia Mariano Cúneo Libarona, firmada el 16 de abril, que dio marcha atrás con los aumentos que se habían otorgado apenas unas horas antes. En realidad fueron dos resoluciones. Por un lado, el ministro dio de baja la suba de los formularios, que ya habían aumentado en enero de este año. Y además congeló los ingresos que perciben los encargados de los registros, técnicamente conocidos como “emolumentos”. Estos últimos estaban frenados desde octubre del año pasado.

Los encargados de los Registros decidieron acudir a la Justicia. El puntapié inicial lo dio la Asociación Argentina de Encargados de Registros de la Propiedad del Automotor (AAERPA), que presentó un amparo con la firma de 77 encargados e interventores de registros del todo el país. Esa presentación apunta a que se declare “la nulidad de la Resolución 2024-133-APN-MJ”, y que restablezca la resolución que había otorgado los aumentos. Pero además apunta a una actualización trimestral por el índice del IPC, como vienen implementando varias empresas de servicios.

“Solicito a V.S. disponga la actualización trimestral de la escala de los emolumentos por el índice del IPC a partir del 12 de abril de 2024, ya que la omisión anterior fue reparada, parcialmente al menos, por la Resolución N° 2024--122-APN-MJ, dejada sin efecto por la Resolución N° 2024--133- 2024-APN-MJ, que se impugna en el plazo previsto en la Ley 16.986″, dice la demanda patrocinada por Alberto Manuel García Lema y Tomás A. García Lema.