08/05/2024
El organismo explicó que los productos son de dudosa procedencia y podria poner en riesgo la salud de los consumidores
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió, a través de la Resolución 1441/2024 y la Resolución 1440/2021 publicadas en el Boletín Oficial, el uso y comercialización de dos tipos de productos domisanitarios e higiene del hogar.
Por un lado, una marca de lavandina y por el otro una marca de destapa cañerías.
En el caso de la lavandina la medida se tomó después de que el Servicio de Domisanitarios recibiera una consulta de la Coordinación de Salud Ambiental del Ministerio de Salud de Río Negro sobre la legitimidad de este producto.
Aunque el rotulado incluía información como el Registro Nacional de Establecimiento (RNE), el Registro Nacional de Producto de Uso Doméstico (RNPUD) y otros datos, la ANMAT no encontró registro alguno del producto en su base de datos.
Los productos afectados por la medida son "Quitasarro y óxido. TF3. Rápida Acción. Industria Argentina. 1000 cm3. www.productostf3.com.ar; Destapa Cañerías. Disolvente de Hilachas y Pelos. TF3. Rápida Acción. Industria Argentina. 1000 cm3. www.productostf3.com.ar.; Desoxidante Fosfatizante. Elimina Totalmente el Óxido Superficial. TF3. Garantía de calidad. Industria Argentina. 1000 cm3. www.productostf3.com.ar".